
En consenso con todas la universidades autónomas del país, el pasado martes se dió a conocer un comunicado refrendado por la Asociación venezolana de Rectores Universitarios de Venezuela AVERU, en el que se fijaba posición sobre la polémica sentencia Nro. 0324 emitida por el Tribunal Supremo de Justicia usurpador, donde se convoca de manera arbitraria a elecciones en varios recintos universitarios.
El comunicado expresa:
“La Asociación Venezolana de Rectores Universitarios (AVERU) se dirige a la opinión pública en general, con el propósito de fijar posición en relación a la sentencia Nro. 0324 de fecha 27 de agosto de 2019, dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia. En tal sentido manifestamos:
Las Universidades Nacionales, son instituciones al servicio de la Nación cuya misión es orientar la vida del País, labor que han venido cumpliendo de manera imparcial, plural, democrática, de justicia social y solidaridad humana y, en ese sentido, han participado con los diversos sectores de la sociedad en la búsqueda de soluciones de los problemas nacionales.
La educación universitaria, por mandato constitucional, es el proceso fundamental para alcanzar la construcción de una sociedad justa, amante de la paz, para la promoción y construcción del bienestar social, y mediante la investigación y la enseñanza formal al ciudadano, respetuoso de los derechos civiles, humanos, coadyuvando en el desarrollo de la sociedad.
Durante los últimos 18 años el régimen reiteradamente por intermedio del Ministerio de Educación Superior, Consejo Nacional de Universidades, Tribunal Supremo de Justicia, ha intentado quebrantar la esencia de las universidades consagrada en el principio y jerarquía de autonomía universitaria, que permite a los profesores, estudiantes y egresados generar mediante la investigación científica y humanística la producción del conocimiento y la institucionalidad fundamental para el progreso del país.
La educación superior venezolana se encuentra oprimida y devastada ante la asignación de presupuestos exiguos, a lo que debe agregarse la reciente amenaza por parte del Consejo Nacional de Universidades de averiguaciones intimidatorias contra los Rectores agrupados en AVERU, en virtud de las posiciones asumidas basadas en el artículo 2 de la Ley de Universidades, en relación a la situación política y humanitaria del país, a lo que se suma la nueva agresión contra la institucionalidad universitaria, expresada en la sentencia N°0324 emitida por la Sala Constitucional, en el proceso de demanda de nulidad por inconstitucionalidad interpuesto en el año 2009 por nuestras Casas de Estudios contra la Ley Orgánica de Educación (LOE), juicio en el cual intempestivamente durante el periodo de vacaciones judiciales y luego de 9 años de negación de justicia, dictan una medida cautelar “parcialmente con lugar”, que ordena realizar elecciones de autoridades universitarias, conforme al numeral 3 del artículo 34 de la LOE, contraviniendo el mandato constitucional de reconocimiento por parte del Estado de la autonomía universitaria, lo cual modifica la naturaleza académica del derecho a elegir sus autoridades, convirtiendo el voto universitario en un derecho político al incorporar dos sectores (personal administrativo y personal obrero) en condiciones de igualdad para el ejercicio del voto.
La AVERU denuncia el fraude procesal de la Sala Constitucional que declaró “parcialmente con lugar” la medida cautelar en la que se solicita la suspensión del numeral 3 del artículo 34 LOE, por el contrario otorgó una medida no solicitada, y totalmente opuesta, y procede de oficio a suspender los artículos 31, 32 y 65 de la vigente Ley de Universidades, normativa que no estaba en controversia.
Esta medida cautelar es una sentencia anticipada por cuanto emite opinión sobre la demanda de nulidad interpuesta contra la LOE, al ordenar un proceso electoral con la participación de la comunidad universitaria conformada por los cinco sectores establecidos en el numeral 3 de articulo 34 LOE, contraviniendo abiertamente el artículo 109 constitucional, además de legislar al crear un sistema electoral por vía judicial, lo que constituye usurpación de funciones que competen a la Asamblea Nacional, esta actuación de la Sala constitucional es un precedente violatorio del estado de derecho, pues pese a ser parcialmente con lugar anula el derecho demandado, lo que hace inejecutable la sentencia por ser contrario a lo solicitado.
Las máximas autoridades universitarias de la nación venezolana denuncian además ante los organismos internacionales de derechos humanos el grave precedente de despojar a las instituciones de educación superior de la libertad para desarrollar a actividades que le competen directamente a las universidades como la celebración de elecciones internas.