FacebookXTelegramWhatsAppMessengerPinterestEmailCopy LinkShare

Bajo una emisión del programa “Prevención y Acción”, el presidente de Colombia, Iván Duque, anunció que las condiciones de aislamiento preventivo se extenderán hasta el 15 de julio; sin embargo, indicó que se mantendrán algunas actividades en beneficio del proceso de reactivación económica del país.

Cabe recordar que, en principio, el aislamiento preventivo obligatorio concluía el próximo 30 de junio.


El mandatario explicó que continuarán los pilotos únicamente en municipios donde no hay casos confirmados de covid-19 para reactivar algunos restaurantes y sitios de culto religioso. También anunció que en esos entes territoriales habrá pilotos para establecimientos de entretenimiento. 

¿Cuáles medidas se mantienen?


– En principio, se mantiene la limitación total de libre circulación de personas y vehículo, salvo en 43 excepciones establecidas en el decreto 749 de 2020. Entre las novedades de ese decreto se encuentran la reactivación de comercio al por mayor y al por menor, incluido el funcionamiento de centros comerciales y actividades inmobiliarias. También actividades profesionales, técnicas y de servicios en general y servicios de peluquería, museos, biblioteca y parqueaderos públicos para vehículos.

Ante esto, es preciso recordar que los gobernadores y los alcaldes son los encargados de reglamentar la gradualidad y de determinar la reapertura o el cierre de sectores autorizados, de acuerdo con el avance de la pandemia en su respectivo ente territorial.

– El desarrollo de actividades físicas y de ejercicio al aire libre, de acuerdo con las medidas, instrucciones y horarios que fijen los alcaldes en sus respectivas jurisdicciones territoriales.


El Gobierno estableció semanas atrás que el desarrollo de actividad física al aire libre se autoriza:

– Niños y niñas de 2 y 5 años: tres veces a la semana, media hora al día. 

– Niños y niñas mayores de 6 años: tres veces a la semana, una hora al día.

– Personas de 18 a 69 años: máximo dos horas diarias.

– Personas mayores de 70 años: por tres veces a la semana, una hora al día.

Le puede interesar.  Iota dejó destrucción en su paso por Providencia y San Andrés

Actividades restringidas

– Cualquier evento de carácter público o privado que implique aglomeración de personas.

– Establecimientos y locales comerciales de esparcimiento y diversión, bares, discotecas, de baile, ocio y entretenimiento y de juegos de azar y apuestas, billares, casinos, bingos y terminales de juego de video.

– Los restaurantes permanecerán cerrados y solo podrán ofrecer sus productos a través de comercio electrónico, por entrega a domicilio o por entrega para llevar.

– Gimnasios, piscinas, spa, saunas, turcos, balnearios, canchas deportivas, polideportivos, parques de atracciones mecánicas y parques infantiles.

– Cines y teatros.

– Cualquier práctica deportiva y ejercicio grupal en parques públicos y áreas de recreación, así como deportes de contacto o que se practiquen en conjunto.

– Servicios religiosos que impliquen aglomeraciones o reuniones.

FacebookXTelegramWhatsAppMessengerPinterestEmailCopy LinkShare

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí