A menos de 12 días de haberse habilitado el proceso en línea para los migrantes venezolanos que quieren aplicar a los 24.000 cupos humanitarios para emigrar a Estados Unidos de forma legal, según datos de la Fundación Prima Facie International Rights, el 97% de las solicitudes han sido rechazadas.

Minerva Mendoza Paipa, representante de la fundación Prima Facie International Rights, declaró a La Prensa de Lara que el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de ese país ha recibido 8.000 solicitudes y tan sólo 200 han cumplido los requisitos para ser elegibles.

Al respecto, indicó que el desconocimiento de los requisitos es la principal. “Han cometido el error de apresurarse a aplicar sin informarse ni asesorarse legalmente, y por eso están siendo descartados”:

“Tenemos personas que no conocen a profundidad qué es lo que el Estado norteamericano está evaluando para poder ser beneficiario de este parole (permiso de permanencia temporal) humanitario. El fallo se da porque muchos venezolanos tienen doble nacionalidad o han tenido residencia permanente en otros países. También porque se ha detectado que el sponsor está solicitando a dos o hasta cuatro personas, sin tener la capacidad económica para hacerse cargo en Estados Unidos”, indicó Paipa.

El programa para que 24 mil venezolanos anualmente tengan permiso de permanencia temporal por hasta dos años por razones humanitarias, en EEUU plantea unas condiciones específicas, establecidas en la página web (www.uscis.gov/es/venezuela).

Entre los requisitos para aprobar este proceso están:

  • Tener un patrocinante en los Estados Unidos;
  • Someterse y aprobar una sólida investigación de seguridad;
  • Cumplir con otros criterios de elegibilidad; y
  • Ameritan un ejercicio favorable de la discrecionalidad.

Con respecto a la persona de apoyo, que es quien puede hacer la solicitud de un venezolano, tiene que ser un ciudadano estadounidense, nacional o residente permanente legal.

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El mismo, debe tener un estatus legal como el Estatus de Protección Temporal (TPS) o asilo. También, puede contar con un permiso de permanencia temporal o ser receptor de acción diferida o de Salida Forzosa Diferida.

Adicionalmente, debe ganar los ingresos anuales establecidos en la Guía de Pobreza del Departamento de Salud y Servicios Humanos (HHS) para la Declaración Jurada de Patrocinio Económico. Por ejemplo: una persona que viva en Estados Unidos y tenga un núcleo familiar de dos personas tiene que ganar al año 22.887 dólares, más 5.900 dólares de ingresos excedentes para patrocinar a un venezolano.

Con información de La Prensa de Lara

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