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El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) del régimen de Nicolás Maduro ordenó la reposición del proceso judicial contra Ascanio Antonio Tarascio Mejía y Estiben José Zarate Soto, imputados por la tortura y muerte del capitán Rafael Acosta Arévalo.

De acuerdo con la sentencia en ponencia de Maikel Moreno, piden al Ministerio Público que presente una nueva acusación.

“Se observó que en dicho proceso se cumplieron actuaciones que atentan contra el derecho a la defensa, al debido proceso, a la tutela judicial efectiva, y a los derechos de la víctima del delito, de acuerdo con los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y los artículos 120 y siguientes del Código Orgánico Procesal Penal”, dice la sentencia.

Sentencia del TSJ

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), con ponencia del presidente del Máximo Juzgado, magistrado Maikel Moreno, declaró procedente el avocamiento en la causa seguida contra los imputados Ascanio Antonio Tarascio Mejía y Estiben José Zarate Soto, por lo que se decretó la nulidad absoluta de la acusación presentada por los fiscales del Ministerio Público contra dichos ciudadanos, como la de todos los actos procesales subsiguientes a la presentación de dicho acto conclusivo.

También la sentencia N° 85-2020 de la Sala del Alto Juzgado ordena la reposición de la causa a la fase presente nuevo acto conclusivo con prescindencia de los vicios observados, asegurando el resguardo de los derechos y las garantías constitucionales de todas las partes, de conformidad con lo establecido en el artículo 109 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.

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El fallo acuerda remitir el expediente a la Presidencia del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, para que previa distribución sea asignada a un Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control con el fin de que continúe conociendo de la causa, además, acordó oficiar al ciudadano Fiscal General de la República Bolivariana de Venezuela, para que designe al representante del Ministerio Público que continuará conociendo de la causa.

En el presente caso, la Sala de Casación Penal se avocó de oficio al conocimiento de la presente causa; y de las actas que conforman el expediente, observó que se inició un proceso penal contra los ciudadanos Ascanio Tarascio Mejía y Estiben Zarate Soto por la presunta comisión del delito de homicidio preterintencional concausal, tipificado en el artículo 410 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano quien en vida respondiera al nombre de Rafael Ramón Acosta Arévalo.

Señala la decisión del TSJ, entre otros aspectos, que se observó que en dicho proceso se cumplieron actuaciones que atentan contra el derecho a la defensa, al debido proceso, a la tutela judicial efectiva, y a los derechos de la víctima del delito, de acuerdo con los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y los artículos 120 y siguientes del Código Orgánico Procesal Penal.

Caso del capitán Acosta Arévalo

Acosta Arévalo murió en 2019 bajo custodia de funcionarios del Estado venezolano. Un día antes de morir, cuando iba a la audiencia de presentación, el militar no podía ponerse en pie. Cuando le preguntaron si había sido torturado por la Dgcim, asintió con la cabeza y pidió auxilio.

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El cuerpo del capitán presentó evidentes signos de tortura, según información de la autopsia que se filtró entonces.

En un comunicado, la esposa del militar recordó que el cuerpo de este les fue entregado a sus familiares 13 días después. Fue enterrado bajo lo que el régimen llama una inhumación controlada, un sepelio al que solo pueden asistir cinco familiares y con el ataúd tapado.

Con información de El Nacional

Prensa Frontera Viva

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